Clasificacion de Emplesas
LEY DEL SEGURO SOCIAL
OLa
misión del IMSS es otorgar a los trabajadores mexicanos y a sus familias la
protección suficiente y oportuna ante contingencias tales como la enfermedad,
la invalidez, la vejez o la muerte.
OLa
protección se extiende no solo a la salud, también a los medios de subsistencia
cuando la enfermedad impide que el trabajador continúe ejerciendo su actividad
productiva.
O•
El otorgamiento de una pensión, en su caso y previo cumplimiento de los
requisitos legales, será garantizada por el Estado.
OLas
empresas al registrarse por primera vez o al cambiar de actividad deberá
autocalificarse para efectos de la determinación y pago de la prima en el
seguro de riesgo de trabajo, conforme al catálogo de actividades establecido en
el Título Octavo del reglamento
O
OEs un trámite a realizar cuando la
persona contratada es la primera vez que trabaja y por tanto queda
incluida en el Sistema de Seguridad Social por primera vez. Como
consecuencia de dicha afiliación la Tesorería General de la Seguridad
Social asigna a la persona el número de seguridad social
correspondiente con el cual tiene derecho a percibir los servicios de
IMSS.
Que es una Prima de Riesgo
Es una de la cuotas que debe de pagar el
patrón al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) para cubrir la
probabilidad de riesgo de cualquier accidente o enfermedad a las que esta
expuestos sus trabajadores por la actividad que desarrollen
OPrima de Riesgo
La
prima de riesgo de trabajo es una obligación ante el seguro social, que como
empresa deberá presentar cada año, con el objetivo de revisar los accidentes de
trabajo que ocurrieron durante el año que recién termino.
OEl
IMSS comprende dos tipos de régimen:
O•
Régimen voluntario:
Trabajadores en industrias familiares y trabajadores independientes.
•
Régimen obligatorio:
Cuenta con 5 ramos de seguro que se financian con contribuciones provenientes
de los patrones, el Estado y los propios trabajadores
Riesgo de trabajo
OEs
un peligro exístete en nuestra tarea
laboral o en nuestro propio entorno o lugar de trabajo
Seguro
de Enfermedades y Maternidad
El
Seguro de Enfermedades y Maternidad (SEM) otorga
a los
trabajadores afiliados al IMSS y, en su caso, a
sus
familiares, prestaciones en especie y en dinero,
en
caso de enfermedad no profesional o maternidad
72.
En
enfermedad no profesional, las prestaciones
cubren
atención médica, quirúrgica, farmacéutica
y
hospitalaria, y un subsidio en dinero cuando la
enfermedad
incapacite al asegurado para el trabajo
73.
En
maternidad, las prestaciones incluyen atención
obstétrica,
ayuda en especie para lactancia, una
canastilla
al nacer el hijo y un subsidio de 100 por
ciento
del último salario diario de cotización, el cual se
cubre
por 42 días antes y 42 días después del parto.
El
SEM ofrece también la cobertura de prestaciones
en
especie a pensionados y a sus familiares (Gastos
Médicos
de Pensionados)
El asegurado que quede privado de trabajo remunerado, pero que haya cubierto inmediatamente antes de tal privación un mínimo de ocho cotizaciones semanales ininterrumpidas, conservará durante las ocho semanas posteriores a la desocupación, el derecho a recibir, exclusivamente la asistencia médica y de maternidad, quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria que sea necesaria. Del mismo derecho disfrutarán sus beneficiarios.
Aportación de seguridad social que en forma adicional aportan los patrones, equivalente al 2% sobre el SBC desde su creación en 1992 con el fin de mejorar los ingresos de los asegurados al llegar a esta etapa de su vida.
Cuando el trabajador queda privado de trabajos remunerados a partir de los 60 años de edad y ha reunido las semanas de cotización necesarias para acceder a la pensión.
SEGURIDAD SOCIAL EN EL CAMPO
Las mujeres y los hombres del campo que tengan el carácter de trabajadores independientes, respecto de quienes no medie ninguna relación de subordinación laboral, los ejidatarios, comuneros, colonos y pequeños propietarios;
así como los ejidos y otras formas superiores de organización, podrán acceder a la seguridad social en la forma y términos que señala el artículo 13, a través de convenio de incorporación voluntaria al régimen obligatorio, o bien mediante el seguro de salud para la familia establecido en el artículo 240 de esta Ley.
Artículo 240. Todas las familias en México tienen derecho a un seguro de salud para sus miembros y para ese efecto, podrán celebrar con el Instituto Mexicano del Seguro Social convenio para el otorgamiento de las prestaciones en especie del seguro de enfermedades y maternidad, en los términos del reglamento respectivo. • Esposa • Hijos • En caso de no casado padres
El Instituto podrá contratar seguros adicionales para satisfacer las prestaciones económicas pactadas en los contratos Ley o en los contratos colectivos de trabajo que fueran superiores a las de la misma naturaleza que establece el régimen obligatorio del Seguro Social. • Prestamos en dinero o especie • mixto
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